Dirección de Atención Ciudadana

Directora de Atención Ciudadana
Mtra. Guadalupe del Carmen del Rivero Jiménez

 ARTICULO 76 FRACC III 

FACULTADES: DE LA DIRECCIÓN DE ATENCION CIUDADANA 

LEY ORGÁNICA DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE TABASCO 

CAPÍTULO IX 

De la Dirección de Atención Ciudadana 

Artículo 94. A la Dirección de Atención Ciudadana corresponde el despacho de los siguientes asuntos: 

I. Proponer al presidente municipal, la convocatoria de participación ciudadana para la integración de organizaciones sociales y ciudadanas en colonias, fraccionamientos, poblados, villas y rancherías, participando en la integración de los mismos; 

II. Organizar y conducir la demanda y gestión social que emane de las organizaciones de participación social y ciudadana; 

III. Promover y fomentar la participación social y ciudadana; 

IV. Encauzar, informar y conducir las demandas y gestiones ciudadanas; 

V. Proponer al Cabildo las normas internas y reglamentos para el buen funcionamiento de los consejos, juntas y demás organizaciones; y 

VI. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes, reglamentos, y las que le encomiende directamente el ayuntamiento o el Presidente Municipal. 

H. Ayuntamiento de Nacajuca Tabasco, Plaza Hidalgo S/N., Col. Centro, Nacajuca Tabasco

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